Los ciudadanos deben disfrutar de la tarifa local cuando utilicen sus teléfonos móviles en cualquier lugar de la UE, afirma el Comité Económico y Social Europeo en un Dictamen, aprobado recientemente, sobre una propuesta de revisión de las normas de itinerancia de la UE

Una zona de tarificación única, que permita consumir datos y hacer llamadas conforme a la tarifa local a todas las personas que hayan suscrito un contrato de telefonía en Europa, con la misma velocidad y el mismo acceso a la infraestructura independientemente del país desde el que se efectúa o recibe la llamada: este es, en opinión del CESE, el objetivo que debe perseguir la UE al regular los servicios de itinerancia.

Aunque acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión Europea de revisar el Reglamento sobre la itinerancia y los objetivos que plantea como un paso positivo en la dirección correcta, el CESE considera que convendría fijar un objetivo más audaz.

«La idea que subyace a la propuesta de la Comisión es que los servicios de itinerancia se presten en las mismas condiciones que en el propio país, sin ninguna restricción de acceso. Es una buena propuesta», señaló Christophe Lefèvre, ponente del Dictamen del CESE aprobado en el pleno de julio. «No obstante, creemos que deberíamos ir más allá de esas condiciones y garantizar que los ciudadanos europeos no tengan que pagar más por sus comunicaciones móviles cuando salgan al extranjero».

El CESE también subraya que no basta con estipular que el operador nacional no debe ofrecer deliberadamente un servicio de itinerancia de menor calidad si se dispone de una calidad o velocidad similar en la red de otro Estado miembro. Esto significa, por ejemplo, que si un consumidor tiene conectividad 4G en su país, no debería tener que utilizar 3G en itinerancia si la red 4G está disponible en el país al que viaja.

Parte del problema es la deficiencia de calidad de la infraestructura local, por lo que la UE también debería estar dispuesta a invertir en infraestructuras para colmar las lagunas existentes y garantizar que no existan «zonas blancas», es decir, regiones con una cobertura inadecuada de internet de banda ancha, muchas de las cuales es sabido que están situadas en zonas rurales y ahuyentan a posibles residentes y empresas.

Además, el CESE insiste en la necesidad de exigir que se envíen múltiples alertas a los consumidores para protegerlos de sobresaltos al recibir la factura. Cuando se acerquen al límite fijado en su contrato, el operador debería seguir alertándoles cada vez que se agote el volumen que desencadenó la alerta anterior, en particular durante la misma llamada o sesión de uso de datos.

Por último, el CESE señala como crucial la cuestión de la utilización razonable. Aunque todos los contratos de comunicaciones móviles mencionan la utilización razonable en relación con la itinerancia, el CESE lamenta que el Reglamento no incluya una definición. Con la pandemia de COVID-19, las personas han pasado a depender enormemente de las actividades en línea y la «utilización razonable» ha adquirido un significado totalmente nuevo. Piénsese en lo que esto puede significar para un estudiante Erasmus que estudie en una universidad en el extranjero y siga las clases en Teams, Zoom o alguna otra plataforma. Esto consume muchos datos, por lo que rápidamente alcanzará su límite mensual. Lo razonable sería que las personas que se encuentran en tal situación tuvieran el mismo límite máximo en el país en el que están de visita que en su país de origen. (dm)