Comité de Seguimiento UE-Reino Unido

El Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido entró en vigor provisionalmente el 1 de enero de 2021. Hasta entonces, el Grupo de Seguimiento del Brexit era el órgano del Comité Económico y Social Europeo encargado de supervisar el proceso de negociación con el Reino Unido y preparar un diálogo de la sociedad civil posterior al Brexit con sus homólogos británicos. Comprometido con su función de supervisión y como puente con la sociedad civil del Reino Unido, el CESE decidió crear el Comité de Seguimiento UE-Reino Unido para proseguir la labor del Grupo de Seguimiento del Brexit, en particular fomentando las relaciones con la sociedad civil del Reino Unido.

Si bien la celebración del Acuerdo de Comercio y Cooperación evitó una salida sin acuerdo, las relaciones entre la UE y el Reino Unido siguen siendo difíciles. Sea como fuere, la sociedad civil de la UE desempeña y seguirá desempeñando un papel importante a la hora de (volver a) tender puentes entre la UE y el Reino Unido.

El carácter especial de la relación y la amplia gama de cuestiones que entran en el ámbito de competencias del Comité requieren un ejercicio de priorización, pero los objetivos generales son bastante claros:

  • establecer y fomentar unas relaciones sólidas con los principales agentes de las relaciones entre la Unión y el Reino Unido, y sobre todo volver a tender puentes con las organizaciones de la sociedad civil del Reino Unido, utilizando el acercamiento y una comunicación sólida;
  • establecer contactos con las principales instituciones de la Unión (Comisión Europea, Parlamento Europeo, Consejo), así como con los agentes institucionales del Reino Unido (Misión del Reino Unido en Bruselas, cámaras parlamentarias del Reino Unido, administraciones descentralizadas);
  • supervisar la aplicación de los acuerdos más pertinentes entre la Unión Europea y el Reino Unido, en particular el Acuerdo de Retirada y el Protocolo sobre Irlanda e Irlanda del Norte;
  • supervisar otros acuerdos y posibles ámbitos de cooperación;
  • supervisar cualquier elemento de la nueva relación entre la UE y el Reino Unido con especial hincapié en la sociedad civil;
  • centralizar las observaciones del CESE sobre cuestiones pertinentes entre la UE y el Reino Unido.