El CESE explora los retos del teletrabajo

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Durante los primeros confinamientos de la COVID-19, la proporción de teletrabajadores en la UE se disparó del 5 % al 40 %. Un año después, el teletrabajo está aquí para quedarse, si bien sigue siendo difícil realizar una evaluación adecuada de su impacto en los empresarios, los trabajadores y la sociedad en su conjunto. El CESE señala la necesidad de seguir investigando y de adoptar una perspectiva a largo plazo, con el fin de aprovechar los beneficios y mitigar los riesgos de esta forma de trabajo.

A pesar de las evidentes oportunidades que ofrece tanto a los trabajadores como a los empresarios —por ejemplo, el aumento de la productividad, unas modalidades de trabajo más flexibles y una mayor autonomía—, el teletrabajo puede influir negativamente en la vida profesional y privada de las personas. Durante la pandemia, los límites entre estos dos ámbitos han quedado difuminados en algunas ocasiones, lo que ha dado lugar a una carga de trabajo excesiva, jornadas laborales más largas y períodos insuficientes de descanso.

En consecuencia, en una sociedad que siempre está en marcha y en la que muchos trabajadores tienen dificultades para desconectarse, el teletrabajo puede terminar pasando factura a la salud mental y física y al bienestar de las personas. En dos Dictámenes sobre el tema, aprobados en su pleno de marzo, el Comité Económico y Social Europeo (CESE) afirma que las mujeres tienen más probabilidades de sufrir los aspectos negativos del teletrabajo, al practicarlo en mayor medida y tener que compaginarlo con las tareas domésticas.

Se trata de los Dictámenes exploratorios Retos del teletrabajo y Teletrabajo e igualdad de género, solicitados por la Presidencia portuguesa de la UE, en los que el CESE ha examinado los retos del teletrabajo, analizando sus implicaciones para la organización de la jornada de trabajo y para el equilibrio entre vida privada y vida laboral, los derechos laborales y el derecho a desconectar, aspectos a los que debe prestarse especial atención en cualquier debate sobre este asunto.

Uno de los Dictámenes aborda específicamente el impacto del teletrabajo en las mujeres, con cifras que demuestran que estas son las que más han teletrabajado durante la pandemia y las que con mayor probabilidad han tenido que dejar de trabajar temporalmente debido a las responsabilidades de cuidados domésticos.

La Presidencia portuguesa, que ha dado prioridad en su agenda política a la nueva organización del trabajo, ha iniciado un debate a escala de la UE sobre esta cuestión. Los Dictámenes del CESE, que representan la opinión de la sociedad civil al respecto, contribuirán a las Conclusiones del Consejo que se publicarán esta primavera.

 

ACUERDOS MARCO Y LEGISLACIÓN DE LA UE EN MATERIA DE TELETRABAJO

Aunque la decisión acerca de la organización del trabajo corresponde a los empleadores, el diálogo social constituye un medio fundamental en los lugares de trabajo para tratar asuntos como los salarios, la jornada laboral, las modalidades de conectividad, la salud y la seguridad, el desarrollo de capacidades y las oportunidades de promoción en el contexto del teletrabajo.

Por lo tanto, para minimizar los riesgos del teletrabajo y potenciar sus beneficios en el período posterior a la pandemia, el CESE apela a los interlocutores sociales de los Estados miembros para que establezcan normas adaptadas a cada país y a las situaciones específicas de cada sector y cada empresa, respetando siempre el marco de diálogo social y negociación colectiva preestablecido.

El teletrabajo debe regularse adecuadamente; en este sentido, es importante velar por que sea reversible una vez superada la crisis del coronavirus y por que conserve su carácter voluntario. Los teletrabajadores deben tener los mismos derechos individuales y colectivos y la misma carga de trabajo que sus colegas que trabajan en las instalaciones de sus empleadores. Según el CESE, las modalidades del teletrabajo han de quedar plasmadas por escrito, garantizando la igualdad de trato y la igualdad de condiciones en materia de salud y seguridad en el trabajo.

El trabajo desde casa va a ser una de las características de los futuros mercados laborales, pero no debemos dejar que conduzca a la regresión social y al aislamiento de los trabajadores. Puede ayudar a las personas a conciliar la vida profesional y la personal, pero no podemos permitir ninguna discriminación o diferencia de trato entre quienes trabajan desde casa y los que deciden ir a la oficina, afirmó el ponente del Dictamen sobre los retos del teletrabajo, Carlos Manuel Trindade.

La negociación colectiva entre sindicatos y empresas será importante para regular esta nueva forma de trabajo. Estos acuerdos tendrán que garantizar que no haya retrocesos respecto a los derechos sociales, sino más bien lo contrario, remachó.

Las disparidades en el acceso al teletrabajo pueden dar lugar a un aumento de las desigualdades, incluidas las desigualdades entre hombres y mujeres. Por ejemplo, es posible que las mujeres menos cualificadas no posean las capacidades digitales adecuadas o no tengan a su disposición la tecnología digital necesaria para poder teletrabajar, lo que puede ahondar la brecha digital de género, advierte el CESE.

Sin embargo, dada la rápida expansión de esta modalidad de trabajo, y a la luz de las enseñanzas extraídas de la pandemia, los acuerdos vigentes en la UE en materia de teletrabajo deberían evaluarse para comprobar si siguen siendo eficaces en las nuevas circunstancias, observa el CESE.

Son especialmente pertinentes los acuerdos marco de 2002 y 2020 sobre el teletrabajo y la digitalización, respectivamente, suscritos por los interlocutores sociales a escala de la UE. Los Estados miembros y los interlocutores sociales deben tenerlos en cuenta a la hora de elaborar marcos nacionales para las empresas y los trabajadores que utilizan esta forma de trabajo.

El acuerdo marco sobre digitalización que está siendo aplicado por los interlocutores sociales en los Estados miembros contiene disposiciones sobre modalidades de conexión y desconexión. Algunos países, como Francia, Italia, España y Bélgica, ya cuentan con legislación al respecto.

Además, podría ponerse en marcha una iniciativa legislativa europea, al amparo de las disposiciones del TFUE en materia de política social, o bien incluso a nivel de los Estados miembros, para proteger y hacer efectivo el derecho de los trabajadores a desconectarse.

La UE y los Estados miembros también deberían hacer uso de la legislación vigente que es plenamente aplicable al teletrabajo, como la Directiva sobre el tiempo de trabajo y la relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional. Estas deberían transponerse al Derecho nacional y aplicarse en consecuencia, ya que ello «contribuirá sin duda a mejorar las condiciones laborales de los teletrabajadores».

Las cifras facilitadas por un estudio de Eurofound revelan que el 30 % de los teletrabajadores habituales trabaja ahora todos los días o varias veces a la semana durante su tiempo libre y que aldredor del 20 % trabaja más de 48 horas semanales. En torno al 40 % de los teletrabajadores habituales disfruta de un período de descanso inferior a once horas.

Para cumplir con la legislación y los convenios de negociación colectiva, las empresas deberían utilizar mecanismos adecuados para medir las horas de trabajo normales y extraordinarias.

La Directiva sobre ordenación del tiempo de trabajo establece un límite de 48 horas para el tiempo de trabajo semanal, así como un mínimo de once horas ininterrumpidas de descanso diario y cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas.

 

TELETRABAJO E IGUALDAD DE GÉNERO

En este Dictamen, que explora el impacto del teletrabajo en la igualdad de género, el CESE llama la atención sobre el riesgo de utilizar el teletrabajo para imponer una doble carga de trabajo remunerado y no remunerado. El trabajo doméstico sigue sin dividirse a partes iguales entre mujeres y hombres, siendo mayoritariamente asumido por las primeras, lo que menoscaba su capacidad para ser productivas en un trabajo remunerado y puede minar sus perspectivas profesionales.  

Tanto la sociedad en su conjunto como las empresas deben hacer todo lo posible por desterrar estos estereotipos de género y reconocer a las mujeres como trabajadoras de pleno derecho más allá de sus otros muchos papeles y condiciones. El coste económico y social de estos prejuicios resulta muy gravoso para la sociedad, afirmó Milena Angelova, la ponente del Dictamen.

 Y subrayó: Acogemos favorablemente la campaña de la Comisión para luchar contra los estereotipos de género. Reiteramos la necesidad de un cambio cultural, así como de abogar tanto por roles familiares como por elecciones —en relación con los estudios, la profesión y el trabajo— que no se basen en los estereotipos de género. También insistimos en la importancia de suprimir las barreras estructurales para alcanzar una distribución más equitativa del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado.

En este sentido, el CESE insta a los Estados miembros a que apliquen de manera rápida y eficiente la Directiva sobre la conciliación de la vida familiar y la vida profesional. También hace un llamamiento en favor de un Pacto europeo en materia de cuidados, haciendo hincapié en que la disponibilidad, accesibilidad y asequibilidad de las infraestructuras y los servicios de cuidados para niños, personas con necesidades especiales y ancianos son también un requisito previo fundamental para la igualdad de género en el teletrabajo.

Por su parte, la coponente del Dictamen, Erika Koller, declaró: El teletrabajo puede ayudar a conciliar la vida profesional y la vida privada, pero entraña el riesgo de que el trabajador se vuelva invisible en la comunidad laboral, viéndose privado de las estructuras de apoyo formales e informales. Esto puede perpetuar las desigualdades de género en el trabajo y en la sociedad como resultado de las políticas que no tienen en cuenta la perspectiva de género y el acceso limitado a la información, también en relación con las remuneraciones, lo que puede exacerbar la brecha salarial entre hombres y mujeres. Las mujeres pueden perder oportunidades de formación y de promoción. Se requiere un análisis de género adecuado para abordar estas cuestiones.

Durante la pandemia, la carga ha sido especialmente pesada para las madres de niños menores de doce años o niños con necesidades especiales, así como para las mujeres con otras responsabilidades de cuidados, como el de familiares mayores dependientes, expuestos a un mayor riesgo dadas las circunstancias. El teletrabajo durante la pandemia también ha aumentado en un tercio el riesgo de violencia doméstica y en línea contra las mujeres, afirmó la Sra. Koller.