El CESE aboga por unas normas mínimas en materia de seguro de desempleo a escala de la UE

RÖPKE, Oliver

Con más de uno de cada cinco ciudadanos en riesgo de pobreza o exclusión social, el CESE propone normas mínimas en materia de seguro de desempleo para apoyar, proteger y reintegrar mejor a los desempleados, con independencia del lugar de la UE en el que vivan.

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) propone medidas para garantizar una mejor protección de los trabajadores desempleados en toda la UE. En la actualidad, las prestaciones por desempleo varían considerablemente de un Estado miembro a otro, en términos tanto de la cuantía de las ayudas como de la duración de su período de percepción, razón por la cual el CESE aboga por unas normas mínimas a escala de la UE.

Por ejemplo, la duración máxima de las prestaciones por desempleo varía entre los noventa días en Hungría y una duración indeterminada en Bélgica. La cuantía neta de las prestaciones en el caso de un trabajador con salario bajo y una antigüedad laboral breve oscilan entre menos del 20 % de los ingresos netos previos en Hungría y aproximadamente el 90 % en Luxemburgo. Mediante las normas mínimas comunes a escala de la UE no se pretende armonizar los regímenes de los distintos Estados miembros, sino establecer un límite mínimo para que los derechos no puedan verse menoscabados.

En un Dictamen de iniciativa aprobado en su pleno de diciembre, el CESE declaró que el establecimiento de objetivos a escala de la UE para las prestaciones por desempleo mejoraría el funcionamiento del mercado único y de los mercados laborales en general, además de desempeñar un papel importante como estabilizadores automáticos.

Es inaceptable que en algunos países los trabajadores reciban solo tres meses de indemnización por desempleo, aunque hayan contribuido durante décadas al sistema, declaró Oliver Röpke, ponente del Dictamen y presidente del Grupo de Trabajadores del CESE.

Dicho régimen de la UE completaría los esfuerzos nacionales, respetando al mismo tiempo las competencias nacionales. Como parte integrante del pilar europeo de derechos sociales, estas normas mínimas deben incorporarse al Semestre Europeo. Si el proceso de evaluación comparativa no avanza lo suficiente, necesitaremos medidas jurídicamente vinculantes, como por ejemplo una Directiva de la UE. Europa no puede retirarse de la política social, insistió el Sr. Röpke.

El Dictamen se aprobó por 141 votos a favor, 65 en contra y 14 abstenciones. El Grupo de Empresarios del CESE votó mayoritariamente en contra del Dictamen.

En una declaración publicada después del pleno, el presidente del Grupo de Empresarios, Jacek Krawczyk, declaró: «Cualquier política y acción relacionadas con las normas mínimas en materia de seguro de desempleo a escala de la UE deben basarse en un enfoque gradual».

En su Dictamen, el CESE insiste en que los Estados miembros con sistemas de seguro de desempleo más generosos son más capaces de reintegrar a los desempleados en el mercado laboral, mientras que unas prestaciones de desempleo eficaces permiten a los trabajadores encontrar empleos que respondan a sus cualificaciones o finalizar su reconversión profesional.

Al mismo tiempo, dado que el seguro de desempleo es un elemento central de los sistemas de asistencia social de todos los Estados miembros, que actúa como red de seguridad para los trabajadores en caso de pérdida del puesto de trabajo, unas normas comunes mínimas ofrecerían protección contra la pobreza que sigue amenazando a Europa, pues nada menos que el 22 % de la población de la UE se encuentra en riesgo de pobreza o exclusión social.

El CESE señala que estas medidas tendrán por objeto lograr una convergencia social al alza entre los Estados miembros en la UE.

Los objetivos sociales deben conducir con el tiempo a la convergencia social. Los ciudadanos deben saber que los principios del pilar europeo de derechos sociales no solo existen sobre el papel, sino que también se aplican de manera concreta y mejoran progresivamente sus condiciones de vida, afirmó el Sr. Röpke.

Por consiguiente, el CESE propone establecer objetivos comunes mínimos para:

  • la tasa de sustitución neta de las prestaciones por desempleo, lo que significa que debe mantenerse una cuota fija de la remuneración en activo percibida anteriormente. La cuantía de las prestaciones varía mucho de un Estado miembro a otro y, en algunos casos, no basta para garantizar un nivel de vida adecuado;
  • la tasa de cobertura o número de desempleados que reciben prestaciones de seguro de desempleo en relación con el número total de desempleados. Una tasa de cobertura baja puede deberse a distintas causas, entre ellas las nuevas formas de empleo así como los empleos atípicos, que dificultan la adquisición del derecho a las prestaciones; y
  • la duración del período de percepción de las prestaciones por desempleo, ya que tiene un impacto directo en el riesgo de pobreza de los ciudadanos en caso de pérdida de su empleo;
  • el derecho a la (re)cualificación y a la formación.

Adoptar un enfoque común para proporcionar dicha protección básica supondría un paso hacia la consecución de los objetivos del pilar social. Su principio 13 establece que los desempleados tienen derecho a percibir ayudas de los servicios públicos para reintegrarse en el mercado laboral, así como el derecho a prestaciones de desempleo adecuadas y de duración razonable, en consonancia con sus propias contribuciones y los criterios de concesión nacionales.

Los objetivos concretos se establecerían en el contexto del proceso de evaluación comparativa del Semestre Europeo y deberían incluirse en las recomendaciones específicas por país elaboradas por la Comisión, aprobadas por el Consejo y refrendadas por el Consejo Europeo. La Comisión debería supervisar todo el proceso, en estrecha colaboración con los interlocutores sociales.

Dado que el pilar social se acompaña de un cuadro de indicadores sociales, que se utiliza para supervisar la aplicación del pilar observando las tendencias de los Estados miembros de la UE, el CESE recomienda que las prestaciones por desempleo se supervisen también en el cuadro de indicadores sociales. Las normas comunes deberían complementar el cuadro de indicadores.

La evaluación comparativa no debería afectar a la competencia que se reconoce a los Estados miembros para establecer los principios básicos de sus sistemas de seguridad social. Las disposiciones mínimas no deben impedir que los Estados miembros establezcan normas más ambiciosas, aunque tampoco debe reducirse el nivel de exigencia de las normas ya existentes en los Estados miembros.

La puesta en práctica de las propuestas del CESE también está en consonancia con el objetivo de la UE de reducir el número de personas en riesgo de pobreza o exclusión social en 20 millones de aquí a 2020. Pues bien, 2020 está a la vuelta de la esquina y este objetivo dista mucho de haberse alcanzado.

El Dictamen del CESE contribuirá también a los trabajos de la Comisión con vistas a elaborar un plan de acción para la aplicación del pilar europeo de derechos sociales.